Bogota D.C., 15 de enero de 2026.
La ADRES, en cumplimiento de la Resolucion 001 de 2026 expedida por el Ministerio de Salud y Proteccion Social, informa a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y a la ciudadania en general, los nuevos valores de la Unidad de Pago por Capitacion (UPC) vigentes para el anio 2026.
Valores definidos para la vigencia 2026
Los valores aprobados por el Ministerio de Salud y Proteccion Social son los siguientes:
- Regimen contributivo: $1.345.200 anuales por afiliado (incremento del 8,2%)
- Regimen subsidiado: $1.198.400 anuales por afiliado (incremento del 7,9%)
- Poblacion con condiciones especiales: valores diferenciales segun grupo etario y zona geografica
Estos valores representan un incremento promedio del 8,05% respecto a la vigencia 2025, el cual se sustenta en el analisis actuarial realizado por la Direccion de Regulacion de Beneficios, Costos y Tarifas del Ministerio.
Impacto en el sistema de salud
La actualizacion de la UPC busca garantizar la sostenibilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y asegurar que las EPS cuenten con los recursos necesarios para cubrir el Plan de Beneficios en Salud (PBS) de sus afiliados. Se estima que esta medida beneficiara a mas de 51 millones de colombianos afiliados al sistema.
La ADRES realizara el ajuste automatico de los valores en los procesos de compensacion y giro a partir del mes de febrero de 2026.
Cronograma de implementacion
- Enero 2026: Publicacion de la resolucion y socializacion con EPS
- Febrero 2026: Inicio de liquidacion con nuevos valores de UPC
- Marzo 2026: Primer giro con valores ajustados
- Junio 2026: Evaluacion de medio termino
Documentos para descarga
Resolucion 001 de 2026 - Valores UPC (PDF, 2.3 MB)
Anexo tecnico - Analisis actuarial UPC 2026 (PDF, 5.1 MB)
Tabla comparativa UPC 2025-2026 por regimen y grupo etario (Excel, 890 KB)
Para mayor informacion, comuniquese con la linea de atencion al ciudadano 01 8000 423 737 o escriba a correspondencia1@adres.gov.co.




