Resolución 5510 de 2013
Por la cual se adopta el mecanismo único de recaudo y pago de aportes en salud al Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA de los afiliados de Régimen de Excepción, con ingresos adicionales y el procedimiento para el pago de sus Prestaciones Económicas.
La Administradora de los Recursos del SGSSS – ADRES
COMUNICA A LOS APORTANTES Y/O AFILIADOS AL REGIMEN ESPECIAL Y DE EXCEPCION
El presente aviso está dirigido a personas afiliadas a los regímenes especial y de excepción que efectúan aportes al FOSYGA ahora ADRES, empleadores, administrador de pensiones y trabajadores independientes.
INFORMA:
El 26 de Diciembre de 2013 el Ministerio de Salud y Protección Social publico la Resolución 5510 de 2013, en la que se adopta el mecanismo único de recaudo y pago de aportes a salud al Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA ahora ADRES de los afiliados a un régimen de Excepción con Ingresos adicionales y el procedimiento para el pago de las Prestaciones Económicas, devoluciones de aportes, correcciones y generación de certificación de aportes, a través la página web www.adres.gov.co .
Para asesoría y capacitación comuníquese a
Línea gratuita Nacional: 01 8000 423 737
Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. en jornada continua.
o Formule su PQRSD en línea
De acuerdo con la normatividad los aportantes Independientes tendrán plazo hasta el 31 de marzo de 2014 para efectuar sus aportes a través del formato G1, a partir del 1 de julio de 2014 los aportantes deberán estar efectuando sus pago a través de este mecanismo. por lo anterior los operador de información Pila no podrán recibir sus aportes, sino a través de la página web del FOSYGA.