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De conformidad con el Decreto de operación de ADRES, los recursos son destinados a garantizar la atención integral a las víctimas que han sufrido daño en su integridad física o mental como consecuencia directa de Accidente de tránsito, evento terrorista, catastrófico u otros eventos determine el M.S.P.S., de la siguiente manera:

1. Atención en salud a las víctimas de eventos catastróficos de origen natural, de eventos terroristas o de accidente de tránsito en que participen vehículos no identificados o no asegurados con póliza SOAT, la atención en salud a estas víctimas comprende el cubrimiento de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios suministrados a una víctima por una Institución Prestadora de Servicios de Salud –IPS habilitada.

2. Indemnización por incapacidad permanente a la víctima de eventos catastróficos de origen natural, de eventos terroristas o de accidente de tránsito en que participen vehículos no identificados o no asegurados con póliza SOAT, cuando por causa de dichos eventos hubiere perdido la capacidad laboral en alguno de los porcentajes establecidos en la tabla contenida en el artículo siguiente, pérdida que deberá ser calificada por la autoridad competente.

3. Indemnización por muerte y gastos funerarios de la víctima de eventos catastróficos de origen natural, de eventos terroristas o de accidente de tránsito en que participen vehículos no identificados o no asegurados con póliza SOAT.

4. Gastos de transporte, por definir como quede en el Decreto de operación

5. Los gastos derivados de la atención brindada por el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas de que trata el parágrafo del artículo 137 de la Ley 1448 de 2011 y los servicios de asistencia en salud a que refiere el artículo 54 de la misma ley, no incluidos en el Plan de Beneficios de la víctima, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.3 del Decreto Único 1084 de 2015, reglamentario del sector de Inclusión Social y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. (POR DEFINIR)

6. Gastos para la administración de los recursos del FOSYGA

7. Las demás que determine la ley.



 

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