La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES-, con fundamento en los artículos 2.6.4.3.5.2.1, 2.6.4.3.5.2.2 y 2.6.4.7.3 del Decreto 780 de 2016, adicionados por el artículo 2 del Decreto 2265 de 2017, mediante los cuales se le faculta entre otros, para adoptar las condiciones operativas para el trámite de reconocimiento y pago de los servicios de salud, gastos de transporte, indemnización por incapacidad permanente e indemnización por muerte y gastos funerarios, ocasionados por un evento terrorista, de origen natural, o un accidente de tránsito en que participen vehículos no identificados o no asegurados con póliza SOAT y con ocasión de los cambios de proveedor del Data Center; se permite informar que el periodo de radicación para el mes de agosto de 2018, de reclamaciones presentadas por primera vez y de las respuestas a resultado de auditoría, quedará habilitado del 21 al 31 de agosto de 2018.
Para los casos de las reclamaciones de personas naturales que cumplan el término establecido en el artículo 73 de la Ley 1753 de 2015 entre el 16 y 20 de agosto de 2018, así como las respuestas a los resultados de auditoría presentadas por entidades o personas naturales reclamantes que cumplan los dos (2) meses en los mismos días, se entenderán radicadas en tiempo si son presentadas ante la ADRES en las fechas señaladas.
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