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Aclaración sobre periodo de radicación de reclamaciones

La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES- , dando alcance a la Circular No. 16 de 2018, mediante la cual se informó que el periodo de radicación para el mes de agosto del mismo año, de reclamaciones presentadas por primera vez y de respuestas a resultado de auditoría, quedará habilitado entre los días 21 al 31 de agosto del mismo año y con el fin de resolver las inquietudes presentadas por las IPS reclamantes; se permite aclarar:

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Resolución 1645 de 2016 las IPS presentarán sus reclamaciones por primera vez dentro de los primeros quince (15) días calendario de cada mes, término que no puede entenderse modificado por la referida Circular.

La mencionada resolución dispone que la respuesta a los resultados de la auditoría por parte de IPS se radicará entre el día 16 y el último día hábil de cada mes.

Las personas naturales pueden presentar reclamaciones o respuesta a resultados de aud¡toría todos los días hábiles del mes.

Los cambios de proveedor de Data Center, imposibilitan desde el punto de vista operativo, la radicación entre los días 16 y 20 de agosto de 2018.

En consideración de lo anterior, la ADRES, entre el 21 y el 31 de agosto de 2018, recibirá las reclamaciones presentadas por primera vez por personas naturales que no pudiesen ser radicadas durante los días 16 y 20 del mismo mes.

De igual manera, las respuestas a resultados de auditoría que las IPS que no puedan presentar entre los días 16 y 20 de agosto de 2018, serán recibidas entre los días 21 y 31 del mismo mes.

Finalmente, es necesario indicar que la ADRES no habilitó nuevamente la radicación de reclamaciones por primera vez para IPS en tanto esta, para el mes de agosto-de 2018, tuvo lugar hasta el día quince (15).

Descargue aquí la circular 017.

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