La ADRES habilita la radicación de los recobros cuyas tecnologías no financiadas con recursos de la UPC y servicios complementarios fueron prescritas con anterioridad a la entrada en vigencia de la resolución 1885 de 2018 y suministradas efectivamente al usuario en fecha anterior a la anulación en la herramienta tecnológica MIPRES, en el período de radicación corriente de diciembre de 2018 y enero de 2019.
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