De conformidad con el artículo 4, capitulo II, de la Resolución 1645 de 2016, por medio de la cual se modificó el procedimiento de creación y actualización de IPS ante la Subcuenta ECAT del FOSYGA y se estableció los Requisitos y documentos para la presentación de las reclamaciones ante esta entidad, es necesario que las IPS debidamente habilitadas presenten la siguiente documentación:
- Formulario de creación y actualización de datos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud ante la Subcuenta ECAT del FOSYGA o quien haga sus veces, el cual corresponde al anexo que se adopta con la Resolución 1645 del 03 de mayo de 2016 (descargar formulario), el cual debe estar debidamente diligenciado.
- En caso de entidades privadas, certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no mayor a sesenta (60) días.
- En caso de entidades públicas, actos administrativos de creación u oficialización de la entidad y de nombramiento del representante legal y su correspondiente acta de posesión.
- Certificación bancaria de cuenta corriente o de ahorro en original (firma autógrafa), generada por la entidad financiera, con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses, cuyo titular sea la IPS beneficiaria, donde indique tipo de cuenta, número, estado, fecha de apertura, sucursal y nombre e identidad del titular.
- Registro Único Tributario – RUT expedido por la DIAN
- Fotocopia legible y ampliada del documento de identificación vigente del representante legal, firmada por este último y con su huella dactilar.
- Fotocopias firmadas del documento de identificación y de la tarjeta profesional vigente del revisor fiscal de la entidad, si está obligado a tenerlo, si no, la del contador público.
- Relación del (los) código(s) de habilitación del prestador que registrará para la radicación de reclamaciones.
- En caso de actuar por intermedio de apoderado , poder original dirigido al FOSYGA o quien haga sus veces, debidamente otorgado a profesional del derecho, con presentación personal y huella del poderdante y apoderado ante juez o notario, detallando las facultades otorgadas, acompañado de fotocopia legible y ampliada de la tarjeta profesional y del documentos de identificación del apoderado
La documentación deberá ser radicada en el Consorcio SAYP 2011 ubicado en la Carrera 7 No. 31 A – 36 Edificio Nuevo Milenio de Bogotá D.C., en su totalidad, sin tachones ni enmendaduras, de lo contrario la misma será devuelta sin tramitar.