A través del portal web del FOSYGA y con Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), pago que aplica para personas que tienen ingresos adicionales y pertenecen a un Régimen de Excepción.
Si pertenece al Régimen de Excepción y tiene ingresos adicionales y no está obligado a realizar este pago a salud y ARL. Pague sus Aportes a través del portal WEB del FOSYGA opción PAGO REX seguir los siguientes pasos:
- Ingreso con Clave y Usuario (Solicitar al Administrador Fiduciario a la Carrera 7 N° 31 A -37 Piso 3)
- Ingreso a la opción de Recaudo – Generación de planillas manual (N (Vigencia 2015)-F (Vigencia anteriores a 2015)-C (Corrección a planilla N -F))
- Selección del periodo a pagar
- Ingreso de Salario que devenga en el mes
- IBC Ingreso base de cotización con el cual va a pagar el aporte a salud (el 40% del ingreso del mes si es contrato por prestación de servicios)
- Dar Click Guardar
- Dar Click Liquidar
- El sistema lo remite a la pantalla consultar planillas
- Seleccionar el tipo de planillas y el periodo
- Dar Click en Liquidar
- Dar Click en Guardar
- Dar Click en pagar
- Seleccionar la forma de pago Por Cupón y/o por PSE.
Recuerde:
- El Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA - no es una EPS, no necesita afiliación, es suficiente diligenciar la casilla de ingreso, en el espacio destinado a novedades, dentro del formulario que diligencie con el primer pago que realice.
- El Fondo de Solidaridad y Garantía no es una entidad prestadora de servicios de salud, que pueda determinar la cobertura en salud que brinda el Régimen de Excepción que pertenece el aportante con Ingresos Adicionales
- El pago de salud es anticipado. Pague en los plazos y evite intereses de mora.
Importante:
- Después efectuar el cargue en el Nuevo Mecanismo de Recaudo (Pago REX) de las prestaciones económicas y devolución de aportes, radicar estas solicitudes con los soportes requeridos a las instalaciones del Administrador Fiduciario en la Carrera 7 N° 31 A – 37 Piso 3 Edificio Nuevo Milenio. Esto contribuirá al trámite ágil de sus prestaciones económicas (Licencias de Maternidad y Paternidad, e Incapacidades por Enfermedad General) y Devolución de aportes.
- Señor aportante tenga en cuenta que si la documentación de las solicitudes cargadas a través del portal WEB del FOSYGA (Rex Pago) de prestaciones económicas (Incapacidad por Enfermedad General, Licencia de Maternidad y/o Paternidad) y Devolución de Aportes, no han sido radicados en fisico antes del viernes de la tercera semana del mes, serán eliminados del sistema, y deberá volverlos a cargar a partir del 1 día hábil del mes siguiente.
Los demás aportantes al FOSYGA deben hacer pago de aportes con Planilla de Autoliquidación de Aportes PILA
Operadores Financieros que brindaran formas de pago Electrónico y asistido:
- El Decreto 1931 de 2006 estableció las fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes y modifica parcialmente el decreto 1465 de 2005
- El Decreto 1670 de 2007 ajustó las fechas para el pago de aportes al Sistema de la Protección Social y para la obligatoriedad del uso estableció las fechas para la utilización de la Planilla Única de Liquidación de aportes.
- El Decreto 728 de 2008 estableció las fechas de la obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de aportes para los pequeños aportantes e independientes.
- Resolución 5510 de 2013 establece el nuevo mecanismo de recaudo de las personas que pertenece a un régimen de Excepción y cuenta con ingresos adicionales que estén obligados a pagar únicamente salud a través de portal Web de FOSYGA