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RESUMEN   LIQUIDACION MENSUAL DE  AFILIADOS  - LMA 

 1. Marco Normativo 

 Este proceso actualmente está enmarcado en los artículos 29 y 31 de la Ley 1438 de 2011, así como en los decretos 971, 1700, 3830 y 4962 de 2011. Tiene como finalidad el giro directo desde la Nación de los recursos que financian y cofinancian el aseguramiento de la población afiliada al Régimen Subsidiado, a las EPS y su red Prestadora con el fin de lograr un mejor flujo de los recursos. 

Se parte de la BDUA (Base de   datos  única de  afiliados) actualizada por las EPS y validada por las entidades territoriales, y excluyendo los registros que no deben ser liquidados para el periodo (fallecidos, modalidad de subsidio no válida, inconsistencias en la identificación, entre otras).

 Para el cálculo de la liquidación mensual de afiliados, el proceso inicia con la  BDUA con corte del último viernes hábil del mes anterior y posteriormente se cruza esta información contra el HAPS (Histórico de  afiliados pagados  subsidiados)  para realizar los reconocimientos retroactivos y/o restituciones de UPC a que haya lugar en cada periodo, teniendo en cuenta la vigencia del reconocimiento (1 año).

 Este proceso se complementa con la verificación del histórico de afiliados compensados HAC para evitar dobles reconocimientos de UPC.

 

 2. Fuentes de Financiación

 El Régimen Subsidiado está financiado por diferentes fuentes de recursos: Sistema General de Participaciones (SGP), Esfuerzo Propio, FOSYGA, Aportes del Presupuesto General de la Nación, Recursos definidos en la Ley 1393 que se recauden en nivel central y los Recursos de los artículos 217 de la Ley 100 de 1993 y del artículo 46 de la Ley 1438 de 2011, que administren directamente las Cajas de Compensación Familiar. El valor de la liquidación se distribuye por cada fuente de financiación de conformidad con lo establecido en la Ley 715 de 2001. 

Se debe llevar el control por municipio y por fuente de financiación (CCF, SGP, esfuerzo propio y FOSYGA) de los recursos aplicados en cada liquidación mensual de afiliados. Así mismo es necesario contar con un histórico de los resultados de las liquidaciones, los pagos realizados descritos anteriormente y el detalle de los afiliados incluidos en la LMA.

De acuerdo al Decreto 3830 de 2011, el Ministerio reporta mensualmente el valor a descontar a las EPS, para ser girado a la Cuenta de Alto Costo. Este valor se descuenta de los giros que el FOSYGA realice a las EPS.

A partir de los resultados de la Liquidación, la Nación gira a las EPS e IPS, las fuentes de financiación correspondientes a SGP, FOSYGA, Presupuesto General de la Nación. El valor a girar a las IPS es reportado por las EPS de acuerdo con lo establecido por la resolución 2320 de 2011 y la normatividad que la adicione o modifique, el cual es descontado del resultado de la liquidación al giro a las EPS.

Así mismo, el proceso informa los recursos de los que trata el artículo 217 de la Ley 100 de 1993 que las Cajas de Compensación Familiar deben aplicar para financiar el aseguramiento de sus afiliados y los recursos que las entidades territoriales deben pagar a cada una de las EPS por concepto del Esfuerzo Propio.

 

 3. Publicación de Resultados

 Los resultados del proceso se publican en el FPT 192.168.2.24 y se encuentra disponible durante un año para las Entidades Territoriales  y para  las EPS, los archivos que corresponden a los resultados del proceso se publican en el FTP de la siguiente manera:

 Para las EPS se publica en la carpeta ftp://192.168.2.24/EPS-S/EPSXXX/LIQUIDACION_MENSUAL_ AFILIADOS donde EPSXXX es el código asignado a cada EPS. 

Para  los municipios en la carpeta ftp://192.168.2.24/DEPTOS/DEPTOXX/LIQUIDACION_MENSUAL_ AFILIADOS/Salida/ donde DEPTOXX es el nombre de cada departamento.

Los archivos que se  publican  son los siguientes:

a. Liquidados. Contiene el detalle de los afiliados por los cuales se realizó la liquidación de la UPC. Corresponde a los valores de UPC del mes que se está liquidando y los periodos que en forma retroactiva se reconocen por actualizaciones en la BDUA.

b. Restitución. Contiene el detalle de los afiliados que fueron pagados en procesos anteriores y que por novedades en la BDUA ya no están  con la EPS y/o municipio en las mismas condiciones y que por lo tanto fueron objeto de restitución de recursos.

c. Fallecidos y Cancelados. Contiene el uno a uno de los afiliados que no fueron objeto de liquidación debido a que se encontraron en la tabla IDENTIFICACIONES_ RNEC de la BDUA y que corresponde a la información que ha suministrado la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) de las identificaciones canceladas.

d. Inconsistentes. Contiene el detalle de los afiliados que no fueron objeto de liquidación debido a que se encuentran duplicados en la BDUA por apellidos, nombres y fecha de nacimiento.

e. Modalidad no valida. Contiene el uno a uno de los afiliados que no fueron objeto de liquidación debido a que no tienen una modalidad de subsidio valida.

f. Formato se encuentra el reporte consolidado de la liquidación. Archivo en Excel que debe Contiene las siguiente información - hojas:

 • Liquidación. Esta hoja contiene la información consolidada de la liquidación, que incluye los valores de la UPC y que corresponde a los registros liquidados que aplican para el municipio. Debe contener también la información del número de afiliados que se reconocen por tipo de subsidios y periodo al que corresponden.

Restituciones. Esta hoja contiene la información consolidada de las restituciones efectuadas y que corresponde a los registros restituidos que aplican para el municipio. La información debe estar discriminada por tipo de subsidio y periodo.

Neto. Esta hoja contiene la información consolidada de la liquidación NETA que a su vez es la resta de las dos hojas anteriores (Liquidación menos restituciones). La información debe estar discriminada por tipo de subsidio y periodo.

Giro Liquidación. Esta hoja contiene la información más consolidada de las tres hojas anteriores. Corresponde a los montos que efectivamente deben ser girados a las EPS por fuentes de financiación.

  

4. RESTITUCIONES

 Las restituciones  obedecen en un gran porcentaje a las novedades que de manera retroactiva realizan las EPS en la BDUA. Cuando una EPS del régimen contributivo o del régimen subsidiado traslada un afiliado, al cual se le ha  reconocido previamente su UPC en el proceso de la Liquidación Mensual de Afiliados (LMA) se realizan las respectivas restituciones, que son informadas en el archivo de restituciones que soporta cada proceso.

 

Cuando se realiza la Liquidación Mensual de Afiliados y en los resultados el valor de las restituciones es mayor al valor de la Liquidación, se genera un saldo a favor del FOSYGA, por lo que el Consorcio SAYP, desde el mes de julio ha  solicitado  a las EPSS  que  se   han retirado  de la administración del   régimen subsidiado,  las restituciones  respectivas y la  consignación  de  los  recursos.

 

 

 

 

 

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