El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, profirió las Notas Externas 201733200006893 y 201733210006863, por medio de las cuales amplió el término de radicación de reclamaciones glosadas, según lo estipulado en el literal c ) del Artículo 73 de la Ley 1753 de 2015.
Las Notas Externas pueden ser consultadas en el siguiente link:
http://www.fosyga.gov.co/ECAT/Normatividad-ECAT/Notas Externas