De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la resolución 4244 de 2015, la ADRES establece para los meses de julio y agosto de 2018, los periodos para radicar las solicitudes de recobro de las entidades que se acojan al mecanismo dispuesto al tenor del literal c) artículo 73 de la ley 1753 de 2015, así:
- A partir del día hábil siguiente al cierre de la etapa de radicación del proceso ordinario de presentación (MYT 01-02) del mes de julio de 2018 y hasta el último día hábil del referido mes. Esto es del 17 al 31 de julio de 2018.
- A partir del día hábil siguiente al cierre de la etapa de radicación del proceso ordinario de presentación (MYT 01-02) del mes de agosto de 2018 de hasta el último día hábil del referido mes. Esto es del 16 al 31 de agosto de 2018.
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